Publicado en durangon.com, 24.07.2011
Esta semana ha sido intensa en noticias de carácter económico, tanto a nivel internacional como estatal. En Euskadi, también la cuestión económica preocupa, y ha ocupado a nuestros dirigentes esta semana. Hace sólo algunas semanas, avanzábamos en esta columna los posibles grandes retos en esta legislatura foral, entre los que se encontraba la fiscalidad. Ya ha arrancado el debate. El Lehendakari López ha llamado a los flamantes Diputados Forales para tratar el asunto.
Consideraciones previas
Se trata de un tema que exige un análisis sosegado, por las implicaciones que tiene a todos los niveles. Para ello, es necesario conocer el marco en que se encuadran todos los posibles movimientos, muy condicionado por tres factores.
Si bien las Haciendas Forales vascas de Araba, Bizkaia, Gipuzkoa y Navarra, son las instituciones competentes en materia tributaria en sus respectivos Territorios Históricos, el Estado se reserva el derecho a regular los impuestos indirectos en exclusiva, cuyo máximo exponente es el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido). En consecuencia, el primer factor a considerar es que el margen de maniobra se limita a los impuestos directos, que son principalmente el Impuesto de Sociedades y el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), su equivalente para las personas físicas. Ambos gravan las ganancias generadas por las empresas o personas que residen en el Territorio durante el año.
No hay fronteras
Por su lado, y como segundo elemento clave, no podemos olvidar que existe libertad de circulación de personas, bienes, servicios y capitales dentro de la Unión Europea (Tratado de Maastricht, 1992), y como parte de ella, quien hoy reside en Bilbao mañana puede, libremente, optar por vivir en Castro-Urdiales. Y esto que, en ocasiones, ha sido objeto de chanza política, tiene su trascendencia, ya que esa persona deja de pagar impuestos en Bizkaia para pagarlos a la Agencia Tributaria estatal.
Y como tercer elemento, debemos señalar que corresponde a cada Territorio Histórico la regulación fiscal, si bien la Ley del Concierto Económico reserva al Parlamento Vasco la potestad armonizadora en casos de diferencias importantes entre los tributos de los diferentes territorios.
Por tanto, el margen de maniobra que obra en manos de las Diputaciones Forales, es realmente estrecho, ya que cualquier medida de calado puede provocar una fuga de personas o empresas que tributan.
La base, el tipo y las deducciones
El diseño de la política fiscal puede abordar básicamente tres áreas; los tipos de gravamen, la base sobre la que se aplica el tipo y las deducciones. Dicho de una forma más sencilla, sobre qué se va a pagar (la base), cuánto de eso se va a pagar (el tipo, en %) y los descuentos (las deducciones).
Como cualquier lector habrá ya concluido, estamos ante un asunto complejo, que requiere de análisis, mucho debate y trabajo. Y, dice un buen amigo mío que, no es bueno confundir urgencia con precipitación. Sí, urge abrir un debate sobre fiscalidad en este país. Sin embargo, guiarse por “minoraciones presupuestarias previsibles para el año 2012” –extracto del documento del Lehendakari-, sabiendo que la elaboración presupuestaria de 2012 debe culminar en otoño del presente año, puede ser precipitación. Desde esta columna, intentaremos seguir desgranando y aportando elementos sujetos al juicio, siempre inteligente, del lector.